Nota Ley Humedales

#HumedalesAlCongreso

A continuación compartimos una síntesis sobre lo que sucede con los humedales en nuestro país y cuáles son los principales puntos del proyecto Ley para su protección, que se encuentra frenado en el Congreso de la Nación.

Elaboración colectiva del Área de Ambiente.*

Hace 15 años que en nuestro país luchamos por una ley que proteja los humedales. El debate iniciado en la Cámara de Diputados durante el 2020 no avanza desde noviembre pasado, con riesgo de perder estado parlamentario en este 2021, al igual que sucedió en dos oportunidades anteriores.

Esto se da el marco de una crisis ambiental global sin precedentes, con incendios intencionales que siguen azotando las costas del Río Paraná, que sufre una bajante histórica. Desde diversas organizaciones y sectores de la sociedad redoblamos los esfuerzos interpelando a la dirigencia política para que actúe de manera urgente. Al igual que la Ley de Bosques y la Ley de Glaciares, la protección de nuestros humedales se ganará en las calles.

Con el objetivo de sumar más voluntades en este camino, hicimos este material animándonos a responder sintéticamente las siguientes preguntas: ¿Qué son los humedales? ¿Por qué es urgente contar con una ley que los proteja? ¿Cuál es la situación actual de la Ley de Humedales? ¿Cuáles son los principales obstáculos? ¿Cuáles son los principales puntos que plantea?

¿Qué son los humedales?

Pantanos, lagunas, turberas, estuarios, salares, vegas, zonas que rodean ríos, arroyos o lagos; en la Puna o en los deltas del litoral, al pie de la cordillera o en la costa patagónica, en la selva o en zonas urbanas. Con agua que llega del mar, de ríos, de lluvias o de napas subterráneas, los humedales son ecosistemas tan diversos como necesarios y cumplen importantes funciones:

Regulan las fuentes de agua, amortizan inundaciones y períodos de sequía, recargan los acuíferos, abastecen y depuran las aguas, evitan la erosión de las costas, garantizan el hábitat y alimento a numerosas especies, retienen y exportan nutrientes y sedimentos. Hacen posible un abanico de actividades humanas, como la pesca, la agricultura, el turismo, son ecosistemas de gran importancia cultural y educativa. Los humedales son sinónimo de vida.

Imagen de la Laguna de Rocha. Los humedales del Matanza Riachuelo previenen inundaciones al retener el agua de tormentas. Proyectos inmobiliarios amenazan su integridad
Imagen de la Laguna de Rocha. Los humedales del Matanza Riachuelo previenen inundaciones al retener el agua de tormentas. Proyectos inmobiliarios amenazan su integridad.

¿Por qué es urgente contar con una ley que los proteja?

Los humedales representan el 21% del territorio argentino y enfrentan diversas amenazas que los ponen en riesgo. El ejemplo más reciente es la grave situación del Río Paraná: sólo en 2020 se incendiaron cerca de 300.000 hectáreas, en su mayoría en forma intencional, por intereses del sector inmobiliario o sectores ganaderos. Durante el 2021 continuaron los focos de incendios.

Los salares de la Puna alojan especies únicas, adaptadas a las altas y bajas temperaturas. Las vegas son oasis vitales para comunidades originarias de la zona. La actividad minera constituye uno de los principales riesgos.

Pero no solo es el Paraná: la construcción de barrios privados que rellenan su superficie, los efluentes cloacales, la construcción de terraplenes que los atraviesan, la minería intensiva en los salares del norte o los derrames petroleros en las costas de la Patagonia, son solo algunas de las actividades que los afectan. Se agravan de esta manera las consecuencias del cambio climático, con inundaciones y sequías más intensas en varias regiones del país. Por eso desde hace varios años se plantea la necesidad de una Ley de Humedales, que regule cómo y qué producir, cómo vivir en torno a estos ecosistemas, estableciendo medidas y acciones concretas para su protección.

Las turberas de Tierra del Fuego además de amortiguar la erosión hídrica son valiosas aliadas contra el cambio climático, al absorber CO2, principal gas de efecto invernadero. (Imagen: R. Itutrraspe).

¿Cuál es la situación actual de la Ley de Humedales? ¿Cuáles son los principales obstáculos?

No es el primer intento de lograr una ley que proteja los humedales. En 2006 se presentó un proyecto en la Cámara de Diputados sin lograr tratamiento. En 2008, al igual que en el 2020, numerosos incendios en el Paraná instalaron en la agenda política la necesidad de legislar sobre el tema. En 2013 se logró media sanción en el Senado, sin objeciones, pero se trabó en Diputados y perdió estado parlamentario a fines de 2015, por la fuerte oposición de sectores agrícolas-ganaderos e inmobiliarios.

Los humedales en las costas de la Patagonia previenen el avance del agua salada hacia las napas de agua dulce y son sitios clave para la reproducción de aves marinas y mamíferos acuáticos . Los derrames de hidrocarburos los ponen en peligro.

En 2016 nuevamente se consiguió media sanción en Senado, esta vez a condición de no incluir a los salares de altura, por presión de las mineras del norte del país. Sin embargo, se volvió a trabar en Diputados, con la Comisión de Agricultura a cargo del actual ministro Luis Basterra encabezando su rechazo. En 2018 se presentaron proyectos en ambas cámaras, sin lograr tratamiento.

Proyectos inmobiliarios rellenan los humedales del Delta del Paraná, alterando sus funciones y provocando inundaciones en zonas aledañas.

En el 2020 inició el tratamiento en Diputados, los incendios en el Paraná desataron un proceso de movilización en plena pandemia que logró hacia fin de año la aprobación en solo una de las 4 comisiones correspondientes, se eliminaron las sanciones penales del proyecto original para eludir el paso por la comisión de Legislación Penal. Como en 2008, la presión de sectores agrícola-ganaderos e inmobiliarios, de distintos signos políticos, se hizo sentir nuevamente.

La construcción de terraplenes atentan contra los Esteros del Iberá, a pesar de las prohibiciones, desoyendo en algunos casos la decisión de la Corte Suprema de Justicia (ex Forestal Andina S.A).

De no aprobarse en el recinto durante el 2021, perderá nuevamente estado parlamentario. De allí el reclamo por urgente tratamiento en plenario de comisiones, su aprobación en Diputados y un rápido debate en Senado para #QueSeaLey.

Línea del tiempo del recorrido de la Ley de Humedales en el Congreso de la Nación, elaborado por el área de Ambiente de nuestro Instituto.

¿Cuáles son los principales puntos de la Ley?

*(Texto aprobado en la Comisión de Ambiente de la Cámara de Diputados, en noviembre de 2020).

Definición: Contempla a todos los tipos de humedales, con sus características: “Ambientes en los cuales la presencia temporaria o permanente de agua superficial o subsuperficial causa flujos biogeoquímicos propios y diferentes a los ambientes terrestres y acuáticos. Rasgos distintivos son la presencia de biota adaptada a estas condiciones, comúnmente plantas hidrófitas y/o suelos hídricos o sustratos con rasgos de hidromorfismo”. Se reconocen sus funciones y todos los servicios ecosistémicos que brindan

Inventario de humedales: Herramienta esencial para la gestión y el Ordenamiento Ambiental del Territorio. En el marco del Convenio Internacional de Sitios Ramsar, que protege una pequeña porción de los humedales del país, el Ministerio de Ambiente inició un incipiente proceso de relevamiento. Hoy se reconocen al menos 11 regiones, de norte a sur del territorio, que incluyen distintos sistemas de paisajes de humedales.

La Ley plantea identificar y delimitar todos los humedales del país, en sus distintos niveles: regiones de humedales (Nivel 1), sistemas de paisajes de humedales (Nivel 2), unidades de paisajes de humedales (Nivel 3) y unidad de humedal (Nivel 4). En un plazo máximo de 3 años de sancionada la ley, deberá estar listo el inventario en los primeros 3 niveles, para el nivel 4 la autoridad nacional fijará un plazo razonable, según los recursos disponibles. Plazo máximo para su actualización: 5 años.

Ordenamiento Territorial: En un plazo máximo de 2 años de sancionada la Ley, cada provincia deberá incorporar los humedales a su Ordenamiento Ambiental Territorial, definiendo criterios de gestión racional y sostenible, que serán revisados y enriquecidos cada 5 años, aún con el Inventario Nacional de Humedales en elaboración. Se deberá reconocer todos los saberes y privilegiar el bien común por sobre los intereses particulares. Previamente se realizará un proceso de Evaluación Ambiental Estratégica con instancias de participación ciudadana.

Principios para definir criterios de gestión: Perspectiva de paisaje, es decir, una mirada integral que contemple las características propias de los humedales, su variabilidad espacial y temporal, su interdependencia con los ecosistemas y los usos de las tierras de su entorno. Acceso a toda la población a los beneficios que brindan los humedales, garantizando los derechos que habitan y dependen de ellos para vivir, con prioridad a los pueblos originarios y comunidades locales. Principios in dubio pro natura e in dubio pro aqua: en caso de duda debe primar la protección de la naturaleza y del agua. Principio de no regresión: no se puede retroceder en los niveles de protección ambiental alcanzados.

Moratoria: A partir de la sanción de la Ley, no se permitirá la realización de nuevas actividades ni la ampliación de las actividades existentes en los humedales, hasta su inclusión en el Ordenamiento Ambiental Territorial. En cuanto a las nuevas solicitudes de uso de agua de los humedales, o su ampliación, cada provincia evaluará en forma previa su autorización, según lo dispuesto en la ley y la normativa específica.

Evaluación de Impacto Ambiental: Toda intervención en humedales deberá tener aprobada la Evaluación de Impacto Ambiental. Cuando haya distintos proyectos o actividades que generen una presión excesiva sobre un humedal, la autoridad local realizará una Evaluación de Impactos Acumulativos, estableciendo mecanismos para que las organizaciones o la comunidad afectada lo pueda solicitar también. En todos los casos, se garantizará en forma previa el acceso a la información, la realización de audiencia pública y el consentimiento libre, previo e informado a las comunidades originarias.

Restauración: Las autoridades locales deberán restaurar las áreas degradadas, especialmente en territorios de pueblos indígenas, de agricultura familiar, áreas de utilidad común de comunidades locales y las que así lo requieran en un contexto de adaptación al cambio climático. Las áreas y zonas de humedales que sean objeto de incendios, u otra acción que modifique su integridad ecológica deberán ser inmediatamente restauradas por la autoridad local y nacional. No se habilitará ningún cambio de uso del suelo ni aprovechamiento económico hasta tanto no finalice la restauración.

Financiamiento: Se creará el Fondo Nacional de Humedales, para el cumplimiento de lo establecido en la Ley. Se contemplará la creación de una institución a cargo del Inventario y una compensación a las provincias que conserven sus humedales por los servicios ecosistémicos que éstos brindan.

«Entre ese barro cuidada está

toda la vida por germinar

Desde el pantano florecerán

buenas semillas de humanidad

Abraza la vida, cuida el humedal

Aguas que traen la claridad,

tierra que absorbe para formar,

Este paisaje nos sostendrá

con su silencio y su soledad

Abraza la vida, cuida el humedal”.

(Copleres del Humedal).

* Material elaborado por el Área de Ambiente del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana. Las imágenes incluidas se tomaron de redes sociales y páginas de quienes llevan adelante esta lucha, sin más intención que sumar esfuerzos para fortalecerla. AGOSTO 2021.-

Contacto: Silvia Ferreyra (Coordinadora del Área Ambiental del ISEPCi), tel: 11-59365072.

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